Col·loqui sobre la Cort Arbitral de Catalunya

Ponente: Juan Alberto Marin – Presidente del CAC

A) ESQUEMA EXPOSICIÓN:

1.- Génesis de la Constitución del CAC. Reuniones preparatorias de los grupos de trabajo desde julio 2013 hasta septiembre 2014.

2.- Firma Asociación CAC: julio 2015 (Notarios y Consell de Cambres)

3.- Ordre de Govern Generalitat de Catalunya: 2 septiembre de 2015

4.- Asociación con los Registradores: noviembre-diciembre 2015

5.- Objetivo del CAC: fomentar el uso y el prestigio del arbitraje. En este momento aunque esperan ser más socios, no se plantea la asociación con ningún otro Patrón. Se fomentaran Convenios de Colaboración para asuntos puntuales y para sedes arbitrales “temporales”. De momento el objetivo es crecer por “colaboraciones”.

6.- Constitución de la Comisión Arbitral que será el órgano que designará árbitros: 11 de marzo 2016

Miembros:

  • Presidente: Jose Miguel Ferrándiz – Magistrado del TS
  • Vocal: Tomàs Font– Comissió Jurídica Assessora
  • Vocal: Angel Garcia Fontanet – Magistrat TSJC
  • Vocal: Imma Folchi – Lletrada Parlament de Catalunya
  • Vocal: Fernando Mendez – Registrador de la Propiedad
  • Vocal: Lluis Jou – Notario
  • Vocal : Mercè Pigem – Advocada i ex Vocal CGPJ

7.- Presidente del CAC: hasta 2018 Juan Alberto Marin, a partir de 2018, pasará a ser Presidente el actual Vicepresidente Sr. Ramon Camp.

8.- Próximo objetivo: Aprobación del Reglamento del CAC – 14 O 15 abril de 2016

9.- Posible Acto Académico con el TSJC – verano 2016

10.- Se prevé que el Reglamento contenga la creación de un órgano de REVISIÓN dirigido por un miembro del TSJC para indicar al árbitro “supuestas causas de nulidad”

B) PREGUNTAS ASISTENTES:

  • ¿Puede existir conflicto de intereses con el TAB? No, se trata de convivir y fomentar el arbitraje de forma conjunta. No es una guerra. No estarán en las reuniones estratégicas del TAB
  • ¿Qué le distingue del TAB? Su Comisión Arbitral con miembros de reconocido prestigio que potenciarán la imparcialidad
  • ¿Sedes territoriales o CAC centralizado en Barcelona? Está prevista y regulada la descentralización territorial
  • ¿Financiación estructura del nuevo CAC? De momento a cargo de los 3 socios/patronos
  • ¿Qué cláusula recomendarán los Notarios? Pueden recomendar ambas (TAB-CAC) no son incompatibles
  • ¿Está prevista la regulación de la neutralidad/imparcialidad/ confidencialidad? Si en el reglamento que se está elaborando (abril 2016)
  • ¿Cuáles serán las sedes arbitrales? Mediante convenios de colaboración, las que contemple la cláusula o las que interesen las partes.
  • ¿Ya está funcionando el CAC? No de momento no
  • ¿Cuál es el objetivo del CAC a 10 años vista? 700-800 arbitrajes al año
  • ¿Cuáles serán los requisitos para estar en la lista de árbitros? Se establecerán en el Reglamento
  • ¿Hasta qué punto es una Corte influenciada/tutelada por la Generalitat? Meramente inicial y de fomento a través de la Ordre de Govern para los arbitrajes administrativos pues existe un vacío en esa materia
  • ¿El CAC tiene cubiertos/previstos los gastos administrativos que genera? Si a la espera de la elaboración de unos presupuestos en tiempo y forma
  • ¿Está redactada ya la cláusula CAC? No se encarga la Comisión Arbitral
  • ¿Cuál será la sede oficial (domicilio social) del CAC? En Avda. Diagonal (Cámara de Comercio)
  • ¿Está previsto el establecimiento de relaciones de colaboración con el TSJC? Si se fijarán reuniones monográficas y está previsto un acto académico para este verano

 

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