Webinar AFA: “Arbitratge en temps de crisi. Insolvència i Arbitratge”

1 d’abril de 2022

  • Presenta: Carlos Valls, Advocat i àrbitre, President d’AFA
  • Ponent: Manuel Panadés Fons, Advocat i àrbitre Internacional. Assoc. Professor in International Commercial Law (The Dickson Poon School of Law, King’s College London). Independent Arbitrator .Solicitor for England & Wales (non-practising) / Abogado for Spain.IBA – Academic Chair IBA Taskforce Insolvency and Arbitration.Vice-President – UK Branch of Club Español de Arbitraje
  • Modera: Sr.Manuel de Lorenzo, Advocat i àrbitre. Vocal de la Junta Directiva d’AFA
  • Cloenda: Sr. Jordi Sellarés, Advocat i expert en arbitratge, Secretari General del Comitè Espanyol de la Cambra de Comerç Internacional (CCI) i Tresorer d’AFA

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Participantes: 20

Manuel Penadés es senior lecturer en “King’s College” en Londres. Es experto en insolvencia y arbitraje internacional.

El arbitraje genera una colisión de principios que no siempre se pueden resolver en modo pacífico.

Escenario (ejemplo)

La empresa A SL Valencia entra en un proceso de arbitraje contra una empresa B SL Roma, y este proceso está sometido al reglamento CCI en París.

El artículo que regula el régimen jurídico de la insolvencia es el art. 140, del texto refundido de la Ley Concursal.

  1. El artículo dice que la declaración de concurso, por sí sola, no afectará a la vigencia de los pactos de mediación ni a los convenios arbitrales suscritos por el deudor.
  1. Los procedimientos de mediación y los procedimientos arbitrales en tramitación a la fecha de la declaración de concurso continuarán hasta la terminación de la mediación o hasta la firmeza del laudo.

Efectos

El art. 140 establece dos excepciones al “Business as usual” en su art. 140.3 y .4:

  1. La suspensión de los efectos del convenio arbitral
  2. Acción de impugnación por fraude

La suspensión de los efectos del convenio arbitral (art. 140.3)

“El juez del concurso, de oficio o a solicitud del concursado, en caso de intervención, o de la administración concursal, en caso de suspensión, podrá acordar, antes de que comience el procedimiento de mediación o de que se inicie el procedimiento arbitral, la suspensión de los efectos de esos pactos o de esos convenios, si entendiera que pudieran suponer un perjuicio para la tramitación del concurso.”

Acción de impugnación por fraude (art. 140.4)

“En caso de fraude, la administración concursal podrá impugnar ante el juez del concurso los pactos de mediación y los convenios y procedimientos arbitrales.”

La administración concursal incluirá necesariamente en la lista de acreedores aquellos créditos que hayan sido reconocidos por resolución procesal o por aquellos créditos que hayan sido reconocidos por resolución procesal o por laudo, aunque no fueran firmes.

No obstante el reconocimiento, la administración concursal, dentro del plazo para la emisión de su informe, podrá impugnar en juicio ordinario, los convenios o procedimientos arbitrales si concurriera fraude.

¿Cómo se aplica el artículo 140?  → La pendencia del arbitraje

  1. Concurso la pendencia del arbitraje El convenio arbitral mantiene su vigencia pero facultad de suspensión  la suspensión ocurre cuando el proceso aún no se ha iniciado
  2. Arbitraje (en curso) Concurso El arbitraje continúa hasta su finalización. No hay facultad de suspensión.

Aplicación del art. 140 → la posición procesal del concursado

  • Aplicable cuando el concursado es demandado
  • Aplicable también cuando el concursado es demandante

El objetivo de la suspensión no es la concentración competencial de la acción frente al juez concursal.

Artículo 140 TRLC → Facultad de suspensión

Factores relevantes:

  • El perjuicio para la “tramitación del concurso” no se reduce a cuestiones procesales. Incluye la protección de los intereses patrimoniales
  • Coste del Arbitraje
  • Coste del procedimiento alternativo

El concurso en arbitrajes internacionales

  1. Ausencia de solución uniforme en el panorama comparado.
  2. Ausencia de solución uniforme en la determinación de la ley aplicable a los efectos del concurso sobre el arbitraje
  3. Posibilidad de disparidad de respuestas en un mismo asunto

IBA Toolkit on Insolvency and Arbitration” publicado en 2019 es un libro de 600 páginas sobre 19 jurisdicciones, y que evalúa como el concurso impacta sobre el arbitraje. Es también una guía para cuando una parte de un arbitraje es objeto de insolvencia.

Uno de los casos más importantes de arbitraje fue el caso Guetta, en que el juzgado mercantil número 1 de Santander dictó una decisión 255/2020, que luego ha sido anulada en alzada pero por motivos distintos.

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